Elaborado por María Muñoz, banquera patrimonial en Inversis Banco, y publicado en El Subjetivo de The Objective.

“En este mundo ninguna cosa es cierta salvo la muerte y los impuestos”. Benjamin Franklin

Si juntamos fallecimientos e impuestos en España podemos asegurar que el dolor del que se queda en este mundo es doble. Además de la tristeza que supone la pérdida de un ser querido, nuestro bolsillo podría sufrir un revés de importante calado si como herederos aceptamos el legado sin conocer el caudal del mismo y dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que nos encontremos.

El Consejo General del Notariado acaba de hacer públicos unos datos suficientemente reveladores sobre este punto. Las renuncias de herencias en España a favor del Estado se han incrementado un 110% desde el año 2007 y un 21% en el año 2013 con respecto al año anterior.

Y es que les recuerdo que, según nuestro Código Civil, cuando un ciudadano acepta una herencia está aceptando de pleno tanto el activo como el pasivo del causante. Es decir, el heredero tendrá que hacerse cargo tanto de los bienes (inmuebles, activos financieros, dinero,…) como de las deudas que el difunto pudo haber contraído en vida. Por eso, si se presume que las deudas pueden ser superiores a los bienes resulta casi obligatorio conocer el caudal de la herencia ya que el heredero tendrá que responder con sus propios bienes. Y, dada la situación de crisis económica en la que vivimos, encontrarse con una herencia envenenada puede convertirse en un mal irreversible. Solución: aceptar la herencia a beneficio de inventario o rechazarla.

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