El ratio de cobertura es el nivel de protección que poseen las entidades financieras ante los préstamos impagados de los clientes.

Este ratio, entendido como fórmula de protección ante problemas para el futuro, es uno de los indicadores más utilizados para evaluar la calidad crediticia de las empresas y, por ende, para analizar el estado financiero de la entidad en cuestión.

Cómo se calcula

La fórmula utilizada para determinar el ratio de cobertura es la que relaciona el volumen de fondos de provisión de un banco con respecto al volumen de créditos dudosos. El resultado que se obtiene se expresa en porcentaje.

Ratio de cobertura = volumen de fondos de provisión/volumen de créditos dudosos

En cuanto a las provisiones, estas pueden ser de dos tipos:

Específicas, derivadas de riesgos concretos.

– Y genéricas, dotadas en función del volumen de financiación concedida, de los baremos fijados por el Banco de España, por Basilea, de lo que la entidad voluntariamente determine…

Además, si oyes hablar de “una cobertura del 100%” entiende que el 100% de los créditos morosos han sido provisionados, más allá de que finalmente entren o no en la categoría de fallidos.

El ratio de cobertura se engloba dentro de los ratios de riesgo, compartiendo categoría con el ratio de morosidad.

Ratio de morosidad = créditos dudosos/ (total cartera de créditos + avales + resto de riesgos)

* Los créditos dudosos son aquellos saldos vencidos hace 3 meses o más y no cobrados junto a los saldos vencidos o no sobre los que existen dudas razonables de que acaben siendo fallidos.